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Inversión extranjera en Cuba: Nuevas regulaciones para reducir la burocracia

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Las nuevas medidas tienen como objetivo reducir la burocracia y agilizar el procedimiento para la aprobación de transacciones con capital extranjero en Cuba.

Tablet mit dem Schild Investment
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El gobierno cubano ha aprobado una nueva enmienda a las regulaciones de aplicación de la Ley de Inversión Extranjera. El objetivo es hacer que los procesos asociados a la revisión, aprobación e implementación de proyectos con capital extranjero sean más eficientes y ágiles. La medida forma parte del paquete de reformas integral y recientemente adoptado para la reestructuración de la economía del país.

 

El Decreto 153/2026, que modifica el Decreto 325 (Reglamento de Ejecución de la Ley de Inversión Extranjera de 2014), fue publicado en el Diario Oficial de la República de Cuba nº 57 (PDF) el 9 de julio.

 

Yanet Vázquez Valdés, viceministra de Comercio Exterior e Inversiones Extranjeras, explicó en la televisión cubana que estos cambios forman parte de una serie de decisiones anunciadas el pasado noviembre en la Feria Internacional de La Habana (FIHAV) por el viceprimer ministro y ministro de Comercio Exterior e Inversión Exterior, Oscar Pérez-Oliva Fraga . Así que ahora llega la actualización de las normativas relevantes.

 

Plan de negocio en lugar de estudio de viabilidad

 

Las nuevas medidas incluyen la introducción de una nueva metodología para la presentación de planes de negocio. Esto sustituye los estudios de viabilidad técnica y económica que anteriormente se requerían para la aprobación de actividades empresariales en Cuba. El decreto también elimina varios pasos intermedios al derogar artículos que requerían consultas y documentación adicionales. El objetivo es reducir los obstáculos burocráticos.

 

Las propuestas de inversión deben ahora incluir la solicitud formal de aprobación, el plan de negocio, los estatutos, los ejecutivos cubanos designados para órganos de gestión, una lista de productos destinados a la importación y exportación, y cualquier otra documentación requerida por el Ministerio de Comercio Exterior e Inversiones Extranjeras (MINCEX). Los inversores extranjeros deben presentar los siguientes documentos: extractos del registro mercantil del país de origen (no más antiguos de un año), garantías bancarias válidas, cuentas anuales auditadas del último ejercicio fiscal, cartas de garantía para sucursales o filiales y poderes notariales correspondientes.

 

La certificación de los documentos es responsabilidad de las partes implicadas en los proyectos de inversión, dijo Vázquez Valdés, mientras que su ministerio se centra en evaluar los aspectos esenciales de las propuestas empresariales.

 

La Viceministra se refirió a las resoluciones 78 y 79 de su ministerio, que también fueron publicadas en el Boletín Oficial nº 57 y que hacen referencia a la metodología de los planes de negocio así como a los procedimientos de solicitud. Bajo el nuevo procedimiento, las solicitudes aceptadas por el Ministerio de Comercio Exterior serán remitidas a la Comisión para la Evaluación de Proyectos de Inversión Extranjera, que dispone de siete días laborables para emitir una opinión. Si se requieren cambios durante este proceso, los solicitantes también disponen de siete días laborables para incorporarlos y volver a presentar la propuesta. Las solicitudes deben ser remitidas por el MINCEX al Consejo de Ministros y luego al Consejo de Estado; este último dispone de un máximo de 60 días naturales para aprobar o rechazar la inversión.

 

 

 

 

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