La importación de sistemas fotovoltaicos y sus componentes por parte de personas naturales estará exenta de impuestos. Con ello se pretende fomentar la expansión de las energías renovables.
Desde el 28 de julio, Cuba permite la importación libre de impuestos y no comercial de sistemas fotovoltaicos, sus partes y componentes por parte de personas naturales. La medida pretende aumentar la participación de las personas naturales en la generación de electricidad para promover el desarrollo de las fuentes de energía renovables en Cuba.
Según la Resolución 206/2021 (PDF) publicada en la Gaceta Oficial del 28 de julio, se autoriza la importación de sistemas fotovoltaicos por parte de personas naturales. Según la resolución, los sistemas fotovoltaicos suelen estar compuestos por: paneles fotovoltaicos, dispositivos de protección de CC y CA, inversores para sistemas fotovoltaicos, baterías para el almacenamiento de energía y conductores eléctricos. El documento aclara que los paneles fotovoltaicos, el inversor, las estructuras de soporte, los paneles eléctricos, los cuadros de distribución y el sistema de puesta a tierra pueden importarse por separado del sistema fotovoltaico. El reglamento también establece los requisitos para conectar los sistemas fotovoltaicos del sector privado a la red nacional.
La Resolución 319/2021 (PDF) del Ministerio de Finanzas y Precios, también publicada en la Gaceta Oficial de 28 de julio, exime además a las personas naturales del pago de los derechos de aduana en las importaciones no comerciales de sistemas fotovoltaicos, sus partes y componentes clave.
A mediados de julio, Cuba anunció una reducción de impuestos para las empresas extranjeras del sector de las energías renovables. Las empresas extranjeras del sector de las energías renovables que inviertan en Cuba estarán exentas del pago de impuestos durante ocho años y después sólo pagarán un tipo impositivo reducido.
Una ley que entró en vigor a finales de noviembre de 2019 permitió por primera vez la producción de energía por parte de productores independientes, tanto personas naturales (hogares) como jurídicas (cooperativas, pequeñas empresas, empresas estatales). Según el Decreto 345, los cubanos pueden, por ejemplo, comprar paneles solares para generar electricidad para su propio consumo y vender la electricidad sobrante a la red nacional. Se conceden préstamos de hasta el 100% del valor para la compra de los equipos. Los equipos y sus piezas de repuesto se venden en tiendas seleccionadas, incluidas las de cambio de divisas; la instalación y el montaje corren a cargo de organismos estatales.